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EEUU investiga a Nicaragua por prácticas comerciales relacionadas con el trabajo forzoso

Nicaragua figura entre las 60 economías cuya política comercial será investigada por el gobierno de Estados Unidos para determinar si permiten la entrada a sus mercados de bienes producidos con trabajo forzoso, una práctica considerada una competencia desleal para las empresas estadounidenses.

La investigación fue anunciada por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) y se realizará bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, un mecanismo utilizado por Washington para analizar prácticas comerciales extranjeras que puedan perjudicar el comercio estadounidense.

El representante comercial estadounidense, Jamieson Greer, explicó que el objetivo es determinar si los gobiernos extranjeros han fallado en imponer o aplicar prohibiciones efectivas contra la importación de productos elaborados con trabajo forzoso.

Durante demasiado tiempo, los trabajadores y las empresas estadounidenses se han visto obligados a competir con productores extranjeros que pueden tener una ventaja de costos artificial derivada del flagelo del trabajo forzoso”, afirmó Greer en un comunicado.

Nicaragua entre los países investigados

Además de Nicaragua, la investigación incluye a una amplia lista de socios comerciales de Estados Unidos, entre ellos China, Unión Europea, México, Brasil, India, Japón y Canadá.

En América Latina también aparecen Argentina, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Perú, Uruguay y Venezuela, entre otros.

Las autoridades estadounidenses buscan establecer si las políticas, prácticas o regulaciones de estos países permiten o facilitan la entrada de productos fabricados bajo condiciones de trabajo forzado, lo que podría representar una ventaja competitiva injusta.

Posibles implicaciones comerciales

La investigación se enmarca en la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, una herramienta legal que permite al gobierno estadounidense responder a prácticas comerciales consideradas injustificadas, discriminatorias o que restrinjan el comercio de Estados Unidos.

Si el proceso concluye que determinados países no adoptan medidas suficientes para impedir la circulación de productos vinculados al trabajo forzoso, Washington podría imponer medidas comerciales o arancelarias contra esas economías.

La oficina del USTR ya solicitó consultas formales con los países investigados, paso inicial dentro del proceso.

Audiencias y próximos pasos

Como parte del procedimiento, el USTR realizará audiencias públicas el 28 de abril de 2026, en las que organizaciones, empresas y otras partes interesadas podrán presentar testimonios.

Las personas interesadas deberán enviar comentarios escritos y solicitar su participación antes del 15 de abril de 2026, junto con un resumen de sus declaraciones.

Las investigaciones buscarán determinar si la falta de medidas efectivas contra el trabajo forzoso en las cadenas de suministro internacionales perjudica a los trabajadores y empresas estadounidenses, así como el impacto de estas prácticas en el comercio global.

La inclusión de Nicaragua en esta lista sitúa al país dentro del escrutinio comercial de Estados Unidos en materia laboral y de derechos humanos, en un contexto en el que Washington ha incrementado la vigilancia sobre prácticas laborales en cadenas de producción internacionales.