Las autoridades de tránsito refuerzan los controles sobre estos vehículos, cuyos propietarios ahora deben cumplir requisitos similares a los de una motocicleta para circular legalmente.
Las recientes acciones de control por parte de la Policía de Tránsito han puesto en alerta a miles de propietarios de bicimotos en Costa Rica, quienes buscan regularizar sus vehículos para evitar multas, sanciones o incluso el decomiso de las unidades.
La preocupación surge porque muchas personas adquirieron estos vehículos bajo la creencia de que no requerían trámites registrales, placas o licencias. Sin embargo, las autoridades han reiterado que las bicimotos están sujetas a una serie de obligaciones legales para poder circular en las vías públicas.
Según la legislación vigente, las bicimotos deben contar con inscripción ante el Registro Nacional, placa metálica, revisión técnica vehicular, marchamo al día y ser conducidas por una persona con licencia correspondiente.
El primer paso: demostrar la propiedad
El requisito fundamental para iniciar el proceso es demostrar legalmente la propiedad del vehículo.
Quienes compraron la bicimoto en un establecimiento comercial deben contar con la factura electrónica original, la cual debe incluir datos como el número de serie o VIN, marca, color, cilindrada y capacidad de pasajeros.
Si la unidad fue adquirida de segunda mano, será necesario presentar un contrato de compraventa que respalde la transacción. Aunque lo ideal es que este documento haya sido autenticado por un notario, también pueden utilizarse contratos privados acompañados de la factura original del vehículo.
Los casos más complejos son aquellos en los que la compra se realizó de manera informal y sin ningún documento. En estas situaciones, se recomienda localizar al vendedor para obtener algún comprobante que permita demostrar la procedencia de la bicimoto, ya que el Registro Nacional podría rechazar declaraciones juradas sin otros respaldos.
El DUA, un documento indispensable
Una vez acreditada la propiedad, el siguiente requisito es obtener el Documento Único Aduanero (DUA), emitido por el Ministerio de Hacienda.
Este documento certifica que la bicimoto ingresó legalmente al país y establece su valor fiscal. Sin él, no es posible avanzar con el trámite de inscripción.
Algunas personas que no poseen el DUA han tenido que acudir a Hacienda con la factura de compra para solicitar una copia o gestionar su emisión.
El recorrido entre instituciones
Con la documentación en orden, el propietario debe iniciar una serie de trámites similares a los que se exigen para cualquier vehículo automotor.
El primer paso es acudir a una estación de revisión técnica vehicular, donde se verifican las características de la bicimoto y se emite una constancia de inspección.
Posteriormente, el dueño debe presentarse al Instituto Nacional de Seguros (INS) para cancelar el derecho de circulación o marchamo correspondiente.
Con esos requisitos cumplidos, un abogado o notario público debe tramitar ante el Registro Nacional la inscripción del vehículo mediante escritura pública o a través de la Ventanilla Digital.
Una vez aprobado el proceso, el Registro Nacional emite la placa metálica identificada con la categoría ‘BM’, correspondiente a bicimotos.
Después de obtener la placa, el propietario debe regresar tanto a la estación de revisión técnica como al INS para completar la entrega de los respectivos distintivos.
¿Qué exige la ley?
La Ley de Tránsito establece que una bicimoto es un vehículo de dos ruedas equipado con un motor inferior a los 50 centímetros cúbicos (cc). Por esa condición, debe cumplir con requisitos similares a los de una motocicleta.
Entre las obligaciones figuran:
- Inscripción en el Registro Nacional.
- Placa metálica.
- Marchamo vigente.
- Revisión técnica aprobada.
- Licencia de conducir A1.
- Pago de impuestos y derechos correspondientes.
Además, para la inscripción se requiere la presentación de la Declaración Única Aduanera (DUA), la transmisión electrónica de la revisión técnica y del marchamo, así como información técnica detallada del vehículo.
Gobierno prepara reglamento específico
Mientras crece la cantidad de bicimotos en circulación, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) trabajan en un reglamento específico para regular estos vehículos.
La viceministra de Transportes, Sofía Fallas Barquero, informó que la propuesta se encuentra en revisión y posteriormente será sometida a consulta pública.
El objetivo es aclarar las diferencias entre las bicimotos y las bicicletas con motor asistido, categorías que frecuentemente generan confusión entre usuarios y autoridades.
De acuerdo con el criterio jurídico del Cosevi, las bicimotos requieren licencia, matrícula, marchamo y revisión técnica, mientras que las bicicletas asistidas continúan siendo consideradas bicicletas siempre que mantengan pedales funcionales y dependan de la tracción humana.
Más de 8.700 bicimotos registradas
Datos del Registro Nacional indican que actualmente existen 8.726 bicimotos inscritas en Costa Rica, aunque las autoridades estiman que la cantidad real de unidades en circulación es mucho mayor.
Ante el incremento de los controles policiales, especialistas recomiendan a los propietarios comenzar cuanto antes la búsqueda de documentos y realizar los trámites necesarios para evitar problemas legales.
