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Laura Fernández arremete contra el Poder Judicial por manejo del caso de alias “Diablo”

La presidenta de Costa Rica, Laura Fernández, lanzó este lunes duras críticas contra el Poder Judicial por el manejo de la audiencia de medidas cautelares contra Alejandro Arias Monge, alias “Diablo”, uno de los criminales más buscados del país, y advirtió que imponerle una prisión preventiva de corta duración sería “el ridículo nacional más grande”.

Las declaraciones de la mandataria se produjeron tras las afirmaciones del fiscal general Carlo Díaz, quien explicó que el Ministerio Público solicitaría prisión preventiva para Arias Monge y para Jonathan Pérez, alias “Tan”, aunque reconoció que, debido a los plazos ya descontados en procesos anteriores, el tiempo inicial de la medida cautelar sería limitado.

Sería el ridículo nacional más grande que haga el Poder Judicial”, afirmó Fernández al ser consultada sobre la posibilidad de que alias “Diablo” permanezca pocos meses en prisión preventiva.

Cuestiona traslado y audiencia presencial

La presidenta también criticó la decisión de realizar la audiencia de forma presencial, pese a que el Ministerio de Justicia había solicitado que se efectuara de manera virtual.

Fernández cuestionó que Arias Monge fuera trasladado desde el Centro de Atención Integral Jorge Arturo Montero, conocido como La Reforma, desde tempranas horas de la mañana, cuando la audiencia estaba programada para la 1:30 de la tarde.

Esto ya no son pifias, esto es jugar con la vida de los costarricenses. Hay más preguntas que respuestas”, manifestó.

Entre los cuestionamientos planteados por la mandataria destacan:

  • ¿Por qué alias “Diablo” fue trasladado desde las 7:00 de la mañana si la audiencia iniciaba hasta la tarde?
  • ¿Qué hizo durante esas horas y con quién estuvo?
  • ¿Por qué únicamente fue trasladado él y no alias “Tan”?
  • ¿Por qué el Poder Judicial insistió en una audiencia presencial tratándose de un delincuente considerado de alta peligrosidad?

Gobierno advierte sobre riesgos

El ministro de Justicia, Gabriel Aguilar, respaldó las críticas de la presidenta y sostuvo que, si ocurre algún incidente durante el traslado del presunto líder criminal, la responsabilidad recaería sobre las autoridades del Poder Judicial.

Aguilar señaló directamente al presidente de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre; a la magistrada Patricia Solano; al fiscal general Carlo Díaz; y al director interino del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), Michael Soto.

El traslado de privados de libertad para diligencias judiciales corresponde al OIJ. Lo que ocurra durante ese trayecto es responsabilidad del Poder Judicial”, sostuvo el ministro.

Por su parte, el ministro de Hacienda y de la Presidencia, Rodrigo Chaves, también cuestionó la negativa a realizar la audiencia por medios virtuales y preguntó con quién pudo haber tenido contacto alias “Diablo” durante las más de seis horas previas a la diligencia judicial.

Poder Judicial defiende la presencialidad

Ante las críticas, la oficina de prensa del Poder Judicial explicó que la legislación penal costarricense establece como regla general la presencialidad en este tipo de audiencias y que corresponde a cada tribunal decidir, caso por caso, si procede una modalidad virtual.

La virtualidad en las audiencias no es la regla en materia penal. No lo es para juicios ni para ningún otro tipo de audiencia”, indicó la institución.

Fiscalía solicita prisión preventiva

La Fiscalía Adjunta contra la Delincuencia Organizada solicitó tres meses de prisión preventiva para alias “Diablo” y cinco meses para alias “Tan”, ambos acusados en una causa penal por dos homicidios, tentativa de homicidio y asociación ilícita relacionados con hechos ocurridos en Pococí en 2015.

El Ministerio Público aclaró que esos plazos corresponden al tiempo restante disponible dentro del límite legal de 18 meses de prisión preventiva, ya que ambos imputados estuvieron anteriormente bajo esa medida cautelar.

Asimismo, indicó que, de ser necesario, podrá solicitar una prórroga ante el Tribunal Penal de Apelación de Sentencia, por lo que el vencimiento del plazo inicial no implicaría automáticamente la libertad de los acusados.