Destacados / Nacionales · 13/02/2023

CALIDH: “Los 222 desterrados siguen conservando su nacionalidad porque les pertenece como humanos”

El Centro de Asistencia Legal Interamericano en Derechos Humanos (CALIDH) sostuvo como “inaceptable” en el marco del Derecho Internacional, el destierro y despojo de la nacionalidad nicaragüense a 222 presos políticos que se encontraban en las diferentes cárceles de Nicaragua por falsos delitos considerados “traición a la patria”.

CALIDH, una organización argentina fundada por el abogado nicaragüense Danny Ramírez-Ayérdiz, afirmó en una declaración que “los 222 desterrados siguen conservando su nacionalidad porque les pertenece como humanos”.

El Estado, al deportarlos forzadamente encontró la manera para hacer efectiva su pretensión antijurídica de privarlos de la nacionalidad y del ejercicio de sus derechos ciudadanos”, reprochó el organismo.

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CALIDH indicó que pese a que el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo pretenda despojar de la nacionalidad y borrar los registros de los 222 desterrados políticos, “la nacionalidad no es un concesión de los Estados, no tienen la posibilidad de arrebatarla porque es inherente al ser humano. La nacionalidad es consustancial a todas las personas”.

La nacionalidad nace con el humano y le pertenece al ser humano más allá de las regulaciones estatales. 5. El artículo 15.2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, máximo instrumento por excelencia de esta materia en el mundo establece a la nacionalidad como algo que «le pertenece» a la persona, sin tener en cuenta la Declaración siquiera que para tener nacionalidad sean necesarias las regulaciones estatales. «A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad»”, apuntó.

Una persona es nacional porque es su derecho que le acompaña desde que nace hasta que muere y no porque lo diga ni siquiera una constitución o una ley… Por tanto, el Estado de Nicaragua no puede disponer antojadizamente del derecho de nacionalidad de quienes nacieron bajo su jurisdicción territorial porque esto viola sus obligaciones internacionales”, añadió.

CALIDH también observó que el despojo de la nacionalidad “es un acto de discriminación pues se trata de personas perseguidas por sus opiniones o labores críticas respecto del actuar del gobierno desde el 18 de abril de 2018”.

CALIDH también observa que jurídicamente es imposible imponer esta pena a los 222 desterrados. En primer lugar, porque antes de que fueran desplazados forzadamente la pena no existía, y la propia constitución, reformada arbitrariamente horas después del destierro, establece que no hay pena retroactiva. En segundo lugar, el Estado, al considerar la deportación forzada como un «acto soberano», 3 ejerció implícitamente el derecho de gracia: los desterrados quedaron indultados cuando subieron al avión. Las penas, los delitos y las autorías quedaron fenecidos”, explicó.

Los 222 desterrados siguen siendo nicaragüenses por imperio del principio de legalidad e irretroactividad constitucional, por mucho que el Estado y sus autoridades pretendan imponer esta pena infamante. Todos, entonces, son actos insubsanablemente nulos y producto de la erosión definitiva del Estado de Derecho y de una interpretación y aplicación abusiva de la ley, además del alejamiento y aislamiento de Nicaragua del consenso ya establecido por la comunidad internacional sobre la cuestión del derecho humano de nacionalidad”, subrayó.

El organismo hizo un llamado a la comunidad internacional a “reconocer el estatuto jurídico de nicaragüense de las 222 personas desterradas y ofrecerles las garantías que el refugio y el asilo contemplan”.

Finalmente, CALIDH reiteró su condena enérgica a la sentencia de 26 años de cárcel y el despojo de la ciudadanía de monseñor Rolando Álvarez en Nicaragua.

Exigimos […] el abandono de posturas distorsionadas respecto de conceptos como ‘actos de soberanía’. La soberanía, la autodeterminación y el poder político tienen que ejercerse en el marco amplio de un Estado de Derecho, el respeto de los derechos humanos y la existencia de la democracia. Nicaragua debe recordar que no puede aislarse ni ignorar las normas acordadas y que rigen a la comunidad internacional, entre ellas el irrestricto respeto de los derechos humanos de todas las personas”, concluyó.