Los diputados de facto en la Asamblea Nacional de Nicaragua aprobaron cuatro nuevos feriados nacionales, con los que ahora el país centroamericano cuenta con 14 festivos en el año, la mayor cantidad en Centroamérica.
Los nuevos feriados nacionales en Nicaragua son el 18 de enero, el 2 de febrero, el 21 de febrero y el 8 de noviembre, según la iniciativa aprobada ayer domingo de forma expedita por el Parlamento, controlado por los sandinistas y sus aliados, por orientaciones de los co-dictadores Daniel Ortega y Rosario Murillo.
Las nuevas fechas conmemorativas son “en reconocimiento al legado mundial y a la identidad nacional forjada por el poeta universal, héroe nacional y prócer de la independencia cultural de la nación, Rubén Darío” (1867-1916), también conocido como “Príncipe de las letras castellanas”, nacido un 18 de enero hace 159 años, según el texto.
Mientras el 2 de febrero fue declarado Día Nacional de la Reconciliación y la Paz, “celebrando la vida y el legado” del fallecido cardenal nicaragüense Miguel Obando y Bravo (1926-2018).
El 21 de febrero será festivo en homenaje “al máximo referente de la defensa de la soberanía nacional, el general de hombres y mujeres libres, Augusto C. Sandino (1895-1934), cuya gesta constituye el fundamento histórico del (gobernante) Frente Sandinista de Liberación Nacional y la inspiración de la Revolución Popular Sandinista”.
Y el 8 de noviembre será feriado en honor al natalicio de Carlos Fonseca Amador (1936-1976), uno de los fundadores del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN).
De esa forma, ahora en Nicaragua son feriados nacionales obligatorios con derecho a descanso y salario, los siguientes: primero de enero, 18 de enero, 2 de febrero, 21 de febrero, Jueves y Viernes Santos, primero de mayo (Día Internacional de los Trabajadores), y 30 de mayo (Día de la Madre Nicaragüense).
También el 19 de julio (aniversario de la Revolución Sandinista), 14 de septiembre (Batalla de San Jacinto), 15 de septiembre (Independencia de Centroamérica), 8 de noviembre, 8 de diciembre (Inmaculada Concepción de María) y 25 de diciembre (Navidad).
La nueva ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
