google.com, pub-9466889741542306, DIRECT, f08c47fec0942fa0

Orteguistas aprueban la figura de “copresidenta” y amplían a 6 años el período presidencial

Los orteguistas en la Asamblea Nacional aprobaron el martes 28 de enero, artículos de una ilegítima reforma a la Constitución Política de Nicaragua en la que establece la figura de “copresidente” y “copresidenta”, amplía de cinco a seis años el período presidencial, y ordena que la dictadura Ortega-Murillo coordine los demás poderes del Estado.

La enmienda constitucional, propuesta por Daniel Ortega, y aprobada de manera unánime en segunda y definitiva votación, establece que la “Presidencia de la República estará integrada por un copresidente y una copresidenta electos mediante el sufragio universal”.

Según la norma constitucional, para ser candidatos a copresidentes tienen que haber residido de forma continua en Nicaragua los seis años anteriores a la elección, no haber sido declarados “traidores a la patria”, o no haber adquirido otra nacionalidad, con lo que se inhibe a los principales dirigentes de la oposición que fueron excarcelados, desterrados y desnacionalizados en febrero de 2023.

El 9 de febrero de 2023, Ortega anunció sus intenciones de reformar la Constitución Política para nombrar a su esposa, Murillo, como “copresidenta de la República”.

Aquí está la compañera Rosario Murillo, copresidenta de la República. En verdad así es: ¡Es copresidenta de la República!. En la Constitución tendremos que hacer algunas reformas”, dijo el dictador en esa ocasión.

Se crea un régimen presidencialista

Asimismo, la reforma constitucional contempla que el “copresidente” y la “copresidenta” ejercerán sus funciones por un período de seis años, que se contará a partir de su toma de posesión, y que dentro de ese período gozarán de inmunidad.

Desde 1997, el período presidencial es por 5 años. Ortega culminará su quinto mandato -y cuarto consecutivo- el 10 de enero de 2027. La Constitución, a partir de 2014, permite la reelección presidencial indefinida.

La reforma señala que por falta definitiva de uno de los copresidentes, el otro “copresidente” o “copresidenta” terminará el período por el que fueron electos.

En caso de falta definitiva de los dos copresidentes, el Consejo Supremo Electoral deberá convocar inmediatamente a realizar elecciones, las cuales se harán en un máximo de 60 días, y que durante ese tiempo el titular del Parlamento asumirá las funciones de manera interina.

Los “copresidentes” podrán nombrar vicepresidentes que desempeñarán las funciones que les asignen, los que gozarán de inmunidad, sin ser elegidos por el voto popular, de acuerdo con el texto.

La enmienda establece, además, que la “Presidencia de la República dirigirá al Gobierno y como Jefatura de Estado coordinará a los órganos legislativo, judicial, electora” -no son llamados poderes de Estado- de control y fiscalización, regionales y municipales, en “cumplimiento de los intereses supremos del pueblo nicaragüense” y de lo establecido en la Constitución.

También que la “Presidencia de la República es la Jefatura Suprema del Ejército de Nicaragua, de la Policía Nacional y del Ministerio del Interior”.

La ilegítima reforma constitucional está siendo discutida en segunda y definitiva lectura en el Parlamento, dominado por el oficialismo, y se prevé la culminen el 30 de enero.

Ortega ha pedido reformar la Constitución en 12 ocasiones desde 2007, incluida una que le permite reelegirse de forma indefinida