Nacionales · 19/10/2020

Entra en vigor la polémica Ley de Agentes Extranjeros

Este lunes fue publicada en La Gaceta, diario oficial de Nicaragua, la polémica Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, aprobada el pasado 15 de octubre por los diputados orteguistas de la Asamblea Nacional, por lo que a partir de hoy la legislación entra en vigor.

La Gaceta

La normativa clasifica como “agente extranjero” a las personas naturales o jurídicas nacionales o de otra nacionalidad “que respondiendo a intereses y obteniendo financiamiento externo utilicen esos recursos para realizar actividades que deriven en injerencia de Gobiernos, organizaciones o personas naturales extranjeras en los asuntos internos y externos de Nicaragua”.

La ley obliga a los “agentes extranjeros” a registrarse ante el ministerio de Gobernación (MIGOB), que será el encargado de regular, supervisar y sancionar, y no podrán postularse a cargos de elección popular.

La ley advierte que el agente extranjero que no se inscriba, se le aplicará multas, se podrá solicitar la cancelación de su personalidad jurídica, y se le impedirá la realización de sus actividades.

Además, previa autorización judicial, podrá intervenir sus fondos y activos.

Serán clasificados como “agentes extranjeros” quienes se dediquen a la publicación o difusión de información oral, visual, gráfica, escrita o pictórica o de cualquier tipo de material, incluida la publicación por medio de anuncios, libros, periódicos, conferencias, transmisiones, películas, tecnologías de la información y la comunicación u otros.

También quienes, dentro de Nicaragua, perciban fondos, bienes o cualquier objeto de valor provenientes de personas naturales, Gobiernos, agencias, fundaciones, sociedades o asociaciones extranjeras del tipo de naturaleza que sea.

Además, el consultor político, los empleados del servicio de información, y los relacionistas públicos que reciban dinero del extranjero.

A partir de hoy inicia el periodo de 60 días para inscribirse como “agente extranjero” ante el MIGOB.