Nacionales · 27/11/2020

¿Es legal la destitución de María Fernanda Flores? Esto dicen expertos

El abogado constitucionalista Bonifacio Miranda aseguró que la destitución de María Fernanda Flores como diputada en la Asamblea Nacional es ilegal pues el Parlamento no tiene facultades para destituir a ningún diputado.

“Lo que dan por un hecho es que ha sido destituida, algo que es completamente ilegal, violatorio del principio de soberanía popular porque los diputados no corresponden a los partidos políticos, sino a los electores”, explicó Miranda en entrevista con el Canal 10.

El también analista político precisó que el Parlamento debió documentar la supuesta falta de Flores y trasladar el expediente a otra instancia, administrativa o judicial, que es la que debería resolver con todas las garantías del debido proceso.

“El procedimiento para la destitución de los diputados está amalgamado con las causales referidas a la ausencia, fallecimiento o condena por sentencia firme. El primer párrafo del artículo 25 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo no contempla que la Asamblea Nacional pueda destituir diputados: hasta que recibe “la resolución del Consejo Supremo Electoral declarando la pérdida de la condición de electo, la Junta Directiva procederá a incorporar al suplente”, detalló Miranda en un artículo de opinión.

Miranda refirió que los medios de comunicación dieron a conocer la noticia de la destitución de Flores, “pero extrañamente no se conoció la resolución del CSE que decidió dicha destitución, como ocurrió en 2016 con los diputados del PLI”.

“O los periodistas están despistados, o hay gato encerrado. Las atrocidades jurídicas cometidas en el caso específico de la diputada María Fernanda Flores, abren muchas interrogantes sobre si se trata de un castigo o un premio al exhibirla como una víctima de la dictadura. Pronto lo sabremos”, indicó.

Miranda sostuvo que, mientras no exista una resolución definitiva del CSE, “cualquier cosa puede ocurrir”, pues en política, “hasta los ríos se devuelven”.

Las 8 causales para perder una diputación

Por su lado, el abogado y periodista Juan Velásquez Molieri, afirmó que la Constitución nicaragüense ordena que, los diputados podrán perder su inmunidad parlamentaria por las siguientes causales: muerte, renuncia, ausencia por 60 sesiones consecutivas. Privación de libertad por delito que merezca pena más que correccional por un término igual o mayor que el resto de su período. Por no reportar sus bienes a la Contraloría, o por recibir fondos o salarios de empresas u oficinas del gobierno.

En el caso de Flores, “no le es aplicable la contravención a lo dispuesto en el tercer párrafo del Arto. 130 de la Constitución”, apuntó Velásquez Molieri.

La misma María Fernanda aseguró este viernes que no cumple esas ocho causales para perder su curul, pues, no ha renunciado a su cargo, está viva “y con más energías que nunca”, nunca ha sido acusada por ningún juzgado del mundo.

Asimismo, agregó que no recibe concesiones del Estado, “mucho menos de este gobierno”, que ha mantenido su presencia como diputada y ha asistido a todas las sesiones parlamentarias, sostuvo que no tiene ningún otro cargo en el Estado, más que diputada nacional.

También que ha declarado sus bienes a la Contraloría de la República y por último que ella siempre será liberal “hasta el día que muera”.