google.com, pub-9466889741542306, DIRECT, f08c47fec0942fa0

OIT revisa cumplimiento de derechos de los Pueblos Indígenas en Nicaragua

En marzo de 2025, la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) publicó una nueva revisión del cumplimiento de Nicaragua con el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales, ratificado por el país en 2010, informó este martes la Fundación del Río.

Este informe será discutido en la 113ª sesión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que se celebrará del 2 al 13 de junio de 2025.

La revisión realizada por la CEACR tiene como objetivo evaluar el nivel de cumplimiento de Nicaragua con las disposiciones del Convenio 169, que establece las obligaciones de los países en cuanto a los derechos de los pueblos indígenas y tribales.

En su evaluación técnica imparcial, la Comisión destacó varios aspectos críticos que afectan a estos pueblos en Nicaragua, señalando que la violencia, la impunidad y la falta de consulta efectiva continúan siendo obstáculos graves para el ejercicio de sus derechos.

Entre las principales observaciones de la CEACR se encuentra un llamado urgente a Nicaragua para que adopte medidas inmediatas que garanticen la seguridad, la representación y la participación efectiva de los pueblos indígenas y tribales en los asuntos que les afectan.

La Comisión subraya la necesidad de que el país cumpla de manera estricta con las disposiciones del Convenio 169.

En su informe, la CEACR expone las siguientes preocupaciones y recomendaciones:

Falta de Participación en la Formulación de Políticas: La Comisión insiste en que el régimen en Nicaragua implemente acciones coordinadas y sistemáticas para garantizar que los pueblos indígenas participen en la formulación de políticas y programas que los afectan. Esta participación debe ser verdadera y efectiva, en línea con los compromisos adquiridos por Nicaragua en la ratificación del tratado.

Desconocimiento de Autoridades Indígenas Legítimas: Se observa una preocupación por el desconocimiento de autoridades indígenas legítimamente electas y la creación de gobiernos paralelos, lo que socava la autonomía y las decisiones tomadas por las comunidades indígenas.

Dificultades para la Participación de Mujeres Indígenas y Afrodescendientes: Las comunidades indígenas y afrodescendientes, especialmente las mujeres, enfrentan graves dificultades para participar en instancias de toma de decisiones y en instituciones estatales. La Comisión resalta la necesidad de que se adopten medidas para garantizar una participación equitativa y sin obstáculos.

Violencia y Conflictos Territoriales en la Costa Caribe Norte: La violencia relacionada con los conflictos territoriales sigue siendo una grave preocupación. La Comisión destaca homicidios, desplazamientos forzados y ataques contra comunidades indígenas en la región de la Costa Caribe Norte. Este clima de violencia y la falta de seguridad son factores que agravan aún más la situación de los pueblos indígenas en estas áreas.

Falta de Información sobre Mecanismos de Consulta Previa: El informe de la CEACR también señala la falta de información estatal sobre los mecanismos de consulta previa en medidas legislativas y administrativas que impactan a los pueblos indígenas, lo que constituye una violación de sus derechos a ser consultados antes de que se tomen decisiones que afecten sus vidas y territorios.

Titularidad y Protección de Tierras Indígenas: La CEACR hace un llamado a avanzar en los procesos de titulación, demarcación y saneamiento de tierras indígenas, para garantizar la protección de los derechos territoriales de las comunidades indígenas y su acceso a los recursos naturales. Esto es fundamental para la preservación de sus modos de vida y el ejercicio pleno de sus derechos.

¿Qué es el CEACR?

La CEACR es un órgano independiente compuesto por 20 juristas internacionales de alto nivel, encargados de examinar la aplicación de los Convenios, Protocolos y Recomendaciones de la OIT por parte de los Estados miembros de la Organización.

Cuando un país ratifica un convenio de la OIT, se ve obligado a presentar memorias regulares sobre las medidas que ha adoptado para aplicarlo. Cada tres años, los gobiernos deben transmitir memorias con información detallada sobre las medidas que se han adoptado, en la legislación y en la práctica, para aplicar cualesquiera de los diez convenios fundamentales (y un protocolo) y los cuatro convenios de gobernanza que hubiesen ratificado. En cuanto a los demás convenios, las memorias deben presentarse cada seis años. 

Dictadura retiró a Nicaragua de la OIT

Nicaragua ha sido miembro de la OIT de 1919 a 1938 y desde 1957 hasta 2025. Ha ratificado ocho de los 10 convenios fundamentales, dos de los cuatro convenios de gobernanza y 52 convenios técnicos.

Cabe destacar que la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo anunció el 28 de febrero pasado que retiraba a Nicaragua de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por supuesta “injerencia de los asuntos internos” del país centroamericano, y de “sumarse al coro de las potencias imperialistas”.

En el caso de la OIT, la dictadura notificó a su director general, Gilbert F. Houngbo, de supuestos “procesos indebidos” al actuar de manera politizada.

Las decisiones que ha venido tomando el Consejo de Administraciones de la OIT son parcializadas, carecen de objetividad, se basan en información sesgada y en informes de organismos que se prestan a las maniobras de quienes continúan atentando contra la paz y tranquilidad de los nicaragüenses”, dijo Rosario Murillo.

La notificación a la OIT reza: “El gobierno de la República de Nicaragua, con base en el Artículo 1, Párrafo 5 de la Constitución de la OIT, comunica su decisión soberana e irrevocable de retirarse de dicha organización”.

El régimen argumenta su decisión por “los procesos de las denominadas ‘quejas’ que se tramitan en el Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y que se pretende abordar en la 353 Reunión de ese Consejo en Marzo de 2025”.

En estos recurrentes e indebidos procesos se evidencia la desnaturalización de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), al actuar de manera politizada, prestándose a maniobras de desestabilización e injerencismo al conocer temas esencialmente políticos y propios de la jurisdicción interna de los Estados, actuando fuera del marco jurídico de la OIT, lo cual es dañino y lesiona la soberanía nacional de Nicaragua y la autodeterminación de nuestro pueblo”, apunta el documento.