Nacionales · 06/08/2020

Ortega suaviza exigencias a aerolíneas que operan en Nicaragua

El régimen de Daniel Ortega a través del Instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil (INAC), suavizó dos de las cuatro exigencias que había impuesto a las aerolíneas que operan en el país para poder reanudar sus vuelos en Nicaragua.

Las cuatro exigencias eran, obligar a las aerolíneas a que sean estas las que recopilen los certificados negativos de COVID-19 de sus pasajeros 72 horas de volar a Nicaragua. Exigir a los tripulantes que deben presentar como máximo 72 horas antes de volar a Nicaragua, una prueba negativa del COVID-19. Imponer a las aerolíneas que envíen con 72 horas de anticipación la lista de los pasajeros, con las copias de sus pasaportes. Y por último, exigía que las aerolíneas informen el tipo de avión que van a utilizar para realizar el vuelo.

A través de una resolución, INAC flexibilizó las dos primeras exigencias y ahora ordenó que sean los pasajeros quienes presenten los resultados de sus pruebas de COVID-19 al momento de subir y de bajar del avión.

“Los pasajeros deberán presentar sus pruebas del Covid-19 al momento de abordaje en el país de origen y al momento del desembarque en Nicaragua, para lo cual: debe cumplirse con el tipo de prueba que solicita el MINSA-Ministerio de Salud y en el período de 72 horas”, reza el documento que fue publicado el martes pasado.

INAC además indicó que la línea aérea será responsable que cada pasajero porte su prueba del COVID-19, de lo contrario no podrá ingresar al país, y deberá regresar bajo la responsabilidad de la aerolínea.

La segunda flexibilización es que los tripulantes ya no deberán presentar como máximo 72 horas antes de volar a Nicaragua, una prueba negativa del COVID-19, sino que ahora tendrán un tratamiento similar a las operaciones de carga.

La presidenta de la Cámara Nacional de Turismo (CANATUR), Lucy Valenti dijo al diario La Prensa que las nuevas medidas publicadas por la INAC “demuestran una flexibilización en los planteamientos que venían haciendo las líneas aéreas del porque no podían comenzar a operar porque estaban solicitando medidas que era imposibles para ellas cumplir”.

En la segunda flexibilización, Valenti explicó que “las tripulaciones que no desembarquen o ingresen al país, no será necesario que presenten prueba del COVID-19; se dará el mismo tratamiento de las operaciones de carga”.

Y en el caso de tripulantes con síntomas de COVID-19, el MINSA aplicaría el protocolo de Salud Pública.

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