Nacionales · 13/10/2020

Race and Equality alerta que, pese a modificaciones, ley de Agentes Extranjeros se plantea de manera muy ambigua

El Instituto Internacional sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos (Race and Equality) expresó su preocupación por el anuncio de “dictamen favorable” que dio ayer la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional a la iniciativa de ley de Regulación de Agentes Extranjeros, que busca controlar a las organizaciones no gubernamentales y a toda persona natural o jurídica que reciba dinero, directa o indirectamente, de otros Gobiernos o asociaciones extranjeras.

La Comisión presidida por el diputado orteguista Wálmaro Gutiérrez dio su visto bueno a la iniciativa de ley que sería sometida al debate parlamentario y aprobada esta misma semana. No obstante, pese a haber sufrido a algunas modificaciones el Instituto alertó que el proyecto de ley “plantea de manera muy ambigua la figura de ‘agente extranjero’, además que endurece el espionaje financiero contra opositores, medios y otros organismos”.

“Desde Raza e Igualdad expresamos nuestra preocupación por la forma en la cual fue dictaminada la iniciativa de Ley de Agentes Extranjeros, que podría ser aprobada esta semana”, dijo el organismo a través de Twitter.

Las modificaciones a la iniciativa, excluyen a las misiones diplomáticas acreditadas en el país, a las agencias de cooperación, así como a la prensa internacional y a sus corresponsales de ser considerados “agentes extranjeros”. Sin embargo, deja la puerta abierta para sancionarlos si realizan “actividades que derivan de injerencia de personas naturales o jurídicas, gobiernos y organizaciones extranjeras, en los asuntos internos y externos de Nicaragua, se aplicará las disposiciones correspondientes de la legislación vigente”. 

El artículo 14 sobre agentes extranjeros detalla que quienes sean nicaragüenses o de otras nacionalidades que actúen como “agentes extranjeros, deben abstenerse so pena de sanciones legales, de intervenir en cuestiones, actividades o temas de política interna y externa. Tampoco pueden financiar o promover el financiamiento a cualquier tipo de organización, movimiento, partido político, coaliciones, o alianzas políticas o asociaciones, que desarrollen actividades políticas internas en Nicaragua”. 

Y que, “en el caso de las personas naturales, no podrán ser funcionarios, empleados públicos, o candidatos a cargos públicos de cualquier tipo o naturaleza”.

El artículo 15 establece que las personas que decidan no inscribirse como “agente extranjero” creado por el Ministerio de Gobernación, se les impedirá la realización de las actividades y previa autorización judicial para “intervenir los fondos y activos de la persona natural o jurídica que se niegue a cumplir la Ley”.