Tribunal de Costa Rica declara “sin lugar” recurso de Habeas Corpus presentado a favor de dos opositores nicaragüenses
El abogado nicaragüense Danilo Martínez, informó que la Sala Cuarta del Tribunal Supremo o Sala Constitucional de Costa Rica declaró “sin lugar” un recurso de Habeas Corpus que el letrado había presentado a favor de dos opositores nicaragüenses con el fin de evitar su extradición a Nicaragua.
Un tribunal de apelaciones de Costa Rica había autorizado la extradición a Nicaragua de los nicaragüenses Reynaldo Picado Miranda, alias “Comandante Omar”, y Douglas Gamaliel Álvarez Morales, alias “Relámpago”, dos antiguos miembros de la “Contra” y actualmente opositores al régimen de Daniel Ortega, quienes son reclamados en su país por su presunta participación en el asesinato de una policía y un civil en Río San Juan.
“He sido notificado a la 1 y 15 de la tarde del día hoy (ayer) 18 de septiembre 2023, de la Sentencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica. Resolución Numero 2023023138 de las 9 y 15 am del 14 de septiembre del 2023. En ella se declara SIN LUGAR el Recurso de Habeas Corpus y se continúa con el Proceso de Extradición de Reynaldo y Douglas”, informó el abogado nicaragüense.
Indicó que lo que continúa es “la puesta a la orden de la Dictadura de Ortega a los extraditables, y a partir de ese momento el Tirano (Ortega) tiene 30 días para disponer de ellos y llevárselos a Nicaragua”.
Para el Dr. Martínez “es una decisión desafortunada, injusta, de funestas consecuencias para todos los refugiados y solicitantes de refugio que nos encontramos en Costa Rica”.
“Y es un mensaje no subliminal, sino directo y en alta voz que Costa Rica, que incubó y apoyó a la guerrilla sandinista en su territorio en los años 70s contra Somoza, no permitirá ninguna lucha política decidida y resuelta contra la Dictadura Sandinista”, añadió.
El abogado insistió que “esta sentencia es algo deplorable que quedará como un antecedente oscuro en este período de terror que le ha tocado vivir a nuestro pueblo”.
El abogado nicaragüense había aclarado a La Mesa Redonda que el recurso que estaba promoviendo no era para que la Sala de lo Constitucional examinara “el acervo probatorio de las dos sentencias anteriores”, sino que invocó a los magistrados para que verificaran “las violaciones a los derechos humanos y a los derechos fundamentales de nuestros dos compatriotas, sin haber violentado ninguna ley de Costa Rica, sin haber orden de aprehensión, y si tomar en cuenta el principio de no refugio que es el principio de no devolución al país de origen cuando se trata de solicitantes de refugio y de solicitantes de asilo”.
Afirmó que los dos nicaragüenses son solicitantes de refugio y de asilo en Costa Rica y que de enviarlos a Nicaragua “no tendrían un juicio justo”.
“No es que yo me esté metiendo a decir ‘son culpables o no’ de los hechos por los cuales se les está requiriendo la extradición, no; lo que estamos diciendo es que no hay condiciones jurídico-políticas en este momento. Y hay un manto protector para esos dos compatriotas que es el principio de no devolución y que debe ser respetado”, zanjó.
El Dr. Martínez, recordó que hay un pronunciamiento del Alto Comisionado de las Naciones Unidas y también de la Sala de lo Constitucional de un magistrado que coincide con ACNUR con que “la condición de refugiado o perseguido político no es de carácter constitutivo, sino declarativo; es decir, no es necesario que un gobierno te reconozca como refugiado para que vos seas perseguido político”.
“Cómo pueden estas dos sentencias desconocer esta situación de persecución política de estas dos personas y entregárselos al enemigo político que los está solicitando, al verdugo que los está pidiendo”, cuestionó.