Por Marco Aurelio Peña
La decisión del Mecanismo lleva a un derrotero muy peligroso. Bajo esta decisión, si mañana cayera en desgracia Fidel Moreno o Gustavo Porras, serían considerados «presos políticos». La expresión «preso político» no goza de una definición universalmente aceptada en la comunidad internacional, lo que da pie a estas decisiones difusas, confusas y extrañas; por tanto, la postura del Mecanismo no es, ni mucho menos, res ivdicata (cosa juzgada). Partamos de la siguiente pregunta: ¿el Mecanismo está apostando por la politización del derecho o por la juridización de la política? Si nos movemos por lo primero, caeremos en la dispersión conceptual en favor de una estrategia política de un sector político nicaragüense bien conocido. Si nos decantamos por lo segundo, aspiramos a la objetividad conceptual en el campo normativo, o lo que es lo mismo, buscamos reducir el subjetivismo político de la expresión con el auxilio de la ciencia normativa por antonomasia.
Tomemos la siguiente definición básica: «preso político es aquella persona encarcelada por sus creencias, ideas o por pertenecer a un sector político que representa un desafío para el sistema establecido». Bajo esta definición, el Sr. Bayardo Arce NO es un preso político por cuanto NO HAY evidencia ni correlato empírico de que «represente un desafío para el sistema establecido». Su sector político es el mismo que ostenta los controles de mando del Estado como macroestructura de poder.
El Sr. Arce NO ES ni ha sido opositor, disidente ni crítico a la dictadura sandinista; sino más bien, a la luz de los hechos y la realidad cognoscible, se trata de un beneficiado, un armador y un operador de la misma; su caída en desgracia y su probable divergencia con Rosario Murillo se trataría de un desencuentro con una figura de poder y una línea de mando que ya no es la suya, en el seno del mismo régimen político que co-armó. Cierto es que, como a cualquier ciudadano, DEBERÍAN respetarse sus DD:HH y garantías procesales; cosa que no existe en un Estado por vías de hecho, donde impera la tiranía de la arbitrariedad y con un órgano judicial subordinado a Co-presidencia.
No toda detención arbitraria es prisión política; pero sí toda prisión política es una detención arbitraria. No es lo mismo preso político que un político preso. Desde este razonamiento, Bayardo Arce es un político preso arbitrariamente detenido, en una dinámica de pugna interna por el ascenso de nuevas figuras de poder. No fue apresado «por sus ideas o sus creencias opositoras, disidentes o desafiantes al sistema»; es, en esencia, un fenómeno de poder. Juristas como el mexicano García Maynez enfatizaban que la lógica jurídica (deductivo-hipotética) opera de la siguiente manera: si A es, entonces B, lo que quiere decir que ante un supuesto de hecho, una consecuencia jurídica.
Las categorías jurídicas buscan describir general y objetivamente supuestos de hecho y consecuencias jurídicas atendiendo las particularidades del caso. La misma categoría jurídica aplica para casos iguales; categorías jurídicas diferentes para casos diferentes. No es lo mismo fraude que robo. Desde la dimensión lógico-jurídica y ético-política, no es preciso, justo ni equitativo, tratar con la misma categoría de preso político a Bayardo Arce como sí estamos seguros, dada la realidad observable y la documentación de los casos, de la prisión política sufrida –entre otros vejámenes– por representantes estudiantiles, activistas sociales, abogados/as, líderes políticos, campesinos y centenares de manifestantes autoconvocados que se opusieron y desafiaron inequívoca y abiertamente al régimen establecido con sus ideas y creencias.
En conclusión, se debe pensar una nueva categoría para describir los casos de detención arbitraria de operadores, funcionarios y políticos presos, en el seno de purgas internas de una dictadura (como las pasadas de cuenta entre narcos y mafia), sin caer en la vaguedad conceptual, en la vulgarización de los términos y la dispersión semántica, que ha llevado a este error mayúsculo, grosero e inequitativo de equiparar a los Bayardo Arce con los Levis Rugama en una misma categoría de preso político. La misma categoría no describe satisfactoriamente supuestos de hecho y personas detenidas que casuísticamente son muy diferentes.
El Mecanismo está a tiempo de enmendar esta decisión que insulta la memoria, ofende la inteligencia y atenta contra el sentido común de quienes sí han sido víctimas y sí han sufrido prisión política por oponerse y desafiar comprobadamente al totalitarismo rojinegro.
