google.com, pub-9466889741542306, DIRECT, f08c47fec0942fa0

Nueva categoría migratoria en Costa Rica: estos son los requisitos

Las personas nicaragüenses que busquen acogerse a la nueva Categoría Especial Temporal Complementaria creada por la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) deberán cumplir una serie de requisitos destinados a demostrar su identidad, permanencia en Costa Rica y vínculos con el país.

La medida también beneficiará a ciudadanos de Venezuela, Cuba y Colombia que solicitaron refugio entre el 1 de junio de 2014 y el 7 de mayo de 2026, cuyo expediente permanece pendiente de resolución o fue rechazado, siempre que no posean otra condición migratoria aprobada ni un proceso de regularización en trámite.

Documentos obligatorios

Entre los requisitos establecidos por la DGME figura la presentación de un formulario de solicitud que será suministrado por la propia institución, así como una certificación de nacimiento emitida por el país de origen o por el consulado correspondiente acreditado en Costa Rica.

Cuando exista imposibilidad material para obtener ese documento, los solicitantes podrán recurrir a una declaración jurada con información sobre su identidad y filiación.

Además, deberán aportar una certificación de antecedentes penales emitida por su país de origen o por los países donde hayan residido legalmente durante los últimos tres años. Dicho documento deberá estar debidamente legalizado o apostillado, según corresponda.

Para acreditar la identidad, Migración aceptará documentos como pasaporte vigente, documento nacional de identidad o certificaciones emitidas por los consulados respectivos.

Pruebas de arraigo y permanencia

Uno de los aspectos centrales de la nueva categoría es la demostración del arraigo en Costa Rica.

La normativa establece que los solicitantes deberán presentar documentos que evidencien su permanencia continua en el país, tales como constancias de matrícula en centros educativos, certificados de estudios de hijos matriculados en escuelas o colegios costarricenses, registros de atención médica en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) o comprobantes de trámites realizados ante instituciones públicas.

Migración también podrá valorar cualquier otro documento que permita comprobar la permanencia efectiva de la persona en territorio costarricense.

Huellas dactilares y controles de seguridad

Otro requisito indispensable será la constancia de toma de huellas dactilares emitida por el Ministerio de Seguridad Pública para las personas mayores de 12 años.

Asimismo, el otorgamiento de la categoría estará sujeto a una revisión de seguridad por parte de las autoridades migratorias. La DGME verificará antecedentes policiales y penales mediante consultas en bases de datos nacionales e internacionales e incluso podrá realizar controles biométricos cuando lo considere necesario.

La resolución excluye del beneficio a quienes hayan sido condenados por delitos dolosos durante los últimos diez años, representen una amenaza para la seguridad pública o incumplan los requisitos establecidos.

Derecho a trabajar y vigencia del permiso

Uno de los principales beneficios de la nueva categoría es que permitirá a los beneficiarios trabajar legalmente en Costa Rica, tanto como asalariados como por cuenta propia.

Además, podrán permanecer de forma regular en el país y entrar o salir del territorio nacional sin necesidad de permisos especiales.

Las solicitudes podrán presentarse entre el 1 de septiembre de 2026 y el 1 de septiembre de 2027, mediante cita previa ante la Dirección General de Migración y Extranjería.

La autorización tendrá una vigencia inicial de dos años, con posibilidad de renovación por períodos iguales mientras la persona continúe cumpliendo los requisitos migratorios establecidos.

Requisitos clave para solicitantes

  • Haber solicitado refugio entre el 1 de junio de 2014 y el 7 de mayo de 2026.
  • Mantenerse en Costa Rica desde la fecha de la solicitud.
  • Tener el trámite pendiente o rechazado.
  • No contar con otra categoría migratoria aprobada.
  • Presentar certificación de nacimiento o declaración jurada.
  • Aportar antecedentes penales apostillados o legalizados.
  • Demostrar arraigo y permanencia en Costa Rica.
  • Presentar documento de identidad vigente.
  • Contar con registro de huellas dactilares.
  • Aprobar los controles de seguridad de Migración.