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Dictadura deroga ley que cedulaba a menores de edad y restablece antigua Ley de Identificación Ciudadana

Los diputados de facto en la Asamblea Nacional de Nicaragua, bajo orden del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo, aprobaron este miércoles 25 de junio, la derogación de la controvertida Ley N°. 1241, Ley de Identificación Ciudadana, que ordenaba la creación de un sistema único de identificación desde el nacimiento y la cedulación obligatoria para menores de 16 años.

En su lugar, los orteguistas y sus aliados restablecieron la Ley N°. 152, derogada previamente en febrero de este año, en una votación unánime de los 91 diputados presentes.

En la exposición de motivos, el régimen se limitó a afirmar que “las leyes deben estar acordes con la realidad del país”, sin ofrecer explicación sobre las razones que motivaron el abrupto giro.

Un retroceso sorpresivo tras meses de promoción

La Ley 1241 había sido promovida por el orteguismo como un “avance institucional” que permitiría asignar un número único de identificación a cada nicaragüense desde su nacimiento.

Este número, gestionado por la Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas, dependiente del Consejo Supremo Electoral (CSE), sería obligatorio para realizar cualquier trámite en entidades públicas o privadas, desde la niñez hasta la defunción.

Además, establecía la creación de un documento de identificación para menores con vigencias diferenciadas según la edad del titular (de 0 a 16 años), lo que en la práctica centralizaba toda la información personal desde los primeros años de vida.

Señales de control y vigilancia

Desde su aprobación el pasado 27 de febrero, la normativa generó amplias críticas entre sectores opositores y organizaciones de derechos humanos, que denunciaron su potencial para fortalecer un sistema de vigilancia poblacional sin precedentes en el país.

La ley otorgaba amplias facultades al CSE y a la Dirección General de Identificación para administrar, verificar, actualizar y condicionar la emisión de documentos de identidad, incluso permitiendo la negación de la cédula si existían “dudas razonables” sobre la veracidad de los datos proporcionados.