Nacionales · 28/04/2021

Bancos en Nicaragua en “alerta” tras publicación de reglamentos y sanciones referentes a la “ley de defensa de los sancionados”

El pasado 21 de abril, fue publicada en La Gaceta el reglamento para la atención de consultas, reclamos o denuncias de las personas consumidoras o usuarias de servicios bancarios en Nicaragua, referente a la reformada Ley 842 “Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, conocida como “ley de defensa de los sancionados”, en el cual establece entre otras cosas, la imposición de sanciones a las entidades bancarias que se nieguen a aperturar cuentas a posibles sancionados por la comunidad internacional, o que las cierren “de manera unilateral o sin notificar la causa”.

La Gaceta publicó dos normas de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif), y una resolución del Banco Central de Nicaragua (BCN), que detallan cómo y con cuánto multar a los bancos que rechacen hacer tratos con un sancionado.

Al respecto, el economista Roberto Blanco dijo a La Mesa Redonda que los bancos están en “alerta” y que ninguno que tenga corresponsalías en el exterior y con negocios colaterales en otros países de Centroamérica y de Estados Unidos, “va a exponerse para abrir una cuenta a estos señores que están sancionados o un nuevo sancionado que pudiera reclamarles que porqué le cierran la cuenta”.

La reforma a la “ley de defensa de los sancionados”, fue aprobada por la aplanadora orteguista de la Asamblea Nacional a principios de abril, la que es rechazada por la banca privada, bajo el argumento de que pone en riesgo al país de pasar de la lista gris a la lista negra que impone el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

La enmienda, establece multas para los bancos que incumplan esta decisión, señaló Blanco. Agregó que, tras la publicación de La Gaceta, los bancos “tienen una alerta” y supone que todos los abogados legales que trabajan en cada uno de los bancos “están revisando la ley y probablemente interpongan algún recurso de amparo contra esta”.

“Yo creo que sí van a haber acciones de orden legal ante el Tribunal de Apelaciones para recurrir de amparo, legalmente eso es lo que corresponde una vez publicada en La Gaceta”, indicó.

El economista explicó que en caso de que un sancionado quiera aperturar una cuenta bancaria en el país, el caso sería elevado a instancias superiores, específicamente al área llamada ‘Prevención de lavado de dinero’ que tiene cualquier banco.

“Si existe una sanción para cualquiera de estos señores, no va a proceder porque insisto, no van a exponer su capital, para efectos de cumplir esta medida que salió en La Gaceta”, añadió.

El economista apuntó que hasta el momento, no existe información sobre que algún sancionado haya intentado reabrir alguna cuenta bancaria.

Aunque las multas superan los 3.5 millones de córdobas, el experto subrayó que “técnicamente” no cree que “esto prospere”, pese a que el régimen orteguista esté “pujando” para que se atienda a sus sancionados.

“Aquí ‘la madre del cordero’ es que ningún banco va a exponer su capital en exterior, sus corresponsalías”, insistió.

Expertos han advertido que además, la reforma a la ley, podría poner en riesgo el envío de remesas a Nicaragua, el uso de tarjetas de crédito, y el pago de las exportaciones que hacen las empresas.

La Asociación de Bancos Privados de Nicaragua (Asobanp), y el Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP), han dicho que dicha norma viola el derecho a la libre empresa, promueve el lavado de dinero, expone a Nicaragua a quedarse fuera del sistema financiero global, a quedar aislada económica y financieramente.

Tanto Asobanp como el COSEP dijeron en su momento que presentarían recursos por inconstitucionalidad, o de amparo en contra de la reforma a la ley, cuando esta fuera publicada en La Gaceta.