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Daniel Ortega busca invalidar sanciones internacionales en Nicaragua

El dictador Daniel Ortega, envió a los diputados de facto de la Asamblea Nacional, una controvertida iniciativa de ley titulada ‘Ley de Protección de los Nicaragüenses ante Sanciones y Agresiones Externas’, con la que busca declarar nulas y sin efecto las sanciones impuestas a sus funcionarios e instituciones estatales por violaciones de derechos humanos.

El artículo 4 de la iniciativa establece la “inaplicabilidad de las sanciones”. “En Nicaragua, se declaran nulas y sin efecto jurídico alguno las sanciones impuestas por Estados, grupos de Estados, Gobiernos u Organismos Extranjeros que violen el derecho internacional. Estas sanciones carecen de validez y aplicabilidad en todo el territorio nacional, independientemente de su naturaleza alcance”.

La iniciativa de ley añade que “ninguna entidad o persona, bajo argumento de sanciones, podrá negar o suspender la provisión de bienes y servicios privados y públicos, sean estos comerciales y financieros, a las personas naturales y jurídicas, entidades privadas instituciones del Estado. Tampoco le serán aplicables las sanciones, a las adquisiciones necesarias para salvaguardar la integridad, seguridad y defensa nacional”.

Implicaciones y penalizaciones

El texto también aborda la negativa de servicios comerciales y financieros a personas o entidades bajo sanciones, estableciendo que cualquier intento de restringirlos será considerado ilegal.

El artículo 5 de la nueva ley establece que las entidades reguladoras del Estado podrán imponer sanciones y multas a aquellas instituciones que violen las disposiciones de la ley, con sanciones que podrían incluir la suspensión temporal o definitiva de operaciones para las entidades que sigan aplicando sanciones extranjeras.

Además, se menciona que quienes incumplan esta normativa podrían enfrentar responsabilidades penales por el delito de “traición a la patria”.

Las entidades reguladoras del Estado, deberán garantizar que las instituciones reguladas cumplan con el ordenamiento jurídico del Estado, pudiendo imponer sanciones y multas, de conformidad a su marco regulatorio, a las entidades bajo su regulación que violen los derechos de los usuarios y consumidores al aplicar sanciones emitidas por un Estado o grupos de Estados, Gobiernos u Organismos Extranjeros. Las instituciones públicas reguladoras podrán aplicar medidas adicionales a los infractores que lleguen a la suspensión temporal o definitiva de sus operaciones. Todo lo anterior sin perjuicio de las responsabilidades penales que correspondan por el delito de Traición a la Patria”, reza el texto.

Por su parte, el artículo 6 de la iniciativa establece que los funcionarios y entidades sancionados tendrán el derecho de solicitar la restitución de servicios y el resarcimiento de daños, si es aplicable, conforme a la Ley 842, la ‘Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias’.

Ortega argumentó en la exposición de motivos del proyecto, que la ley es una respuesta a las sanciones internacionales aplicadas a su régimen en los últimos años.

La presente Ley tiene por objeto proteger a los nicaragüenses y sus instituciones ante Sanciones y Agresiones realizadas por Estados o grupos de Estados, Gobiernos u Organismos Extranjeros, que atenten y pongan en peligro la Soberanía, la Seguridad, los Planes de Desarrollo de Nicaragua y perjudiquen las finanzas y el libre comercio interior y exterior”, dice el artículo 1.

La medida llega en un contexto donde las sanciones internacionales han sido impuestas a altos funcionarios del régimen de Ortega, incluida su esposa Rosario Murillo.

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