Destacados / Nacionales · 09/05/2024

Corte IDH deliberará sobre caso del “Canal Interoceánico en Nicaragua”

El Centro de Asistencia Legal a Pueblos Indígenas (CALPI) anunció este jueves 9 de mayo que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha deliberado sobre el caso del “Canal Interoceánico en Nicaragua”, demandado por los pueblos Rama y Kriol de la Comunidad de Monkey Point, así como por la Comunidad Negra Creole Indígena de Bluefields.

La Corte IDH informó recientemente que durante el 165 Período Ordinario de Sesiones, realizado del 7 al 22 de marzo de 2024, deliberó su sentencia, la que dará a conocer probablemente durante su próximo periodo de sesiones a realizarse mediados de 2024”, indicó CALPI.

El caso en cuestión aborda la solicitud de derogar las leyes 840 y 800, las cuales ayer fueron derogadas y reformadas, respectivamente, por la dictadura de Daniel Ortega tras 11 años de lucha por parte de los pueblos indígenas y afrodescendientes, y el campesinado nicaragüense que rechaza el proyecto.

La falta de respuesta del sistema judicial nicaragüense llevó a las comunidades a presentar el caso ante la Corte IDH, considerando 19 Recursos de Amparo entre 2013 y 2020, sin obtener amparo por parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), controlada por el régimen.

Estas comunidades han denunciado que estas leyes afectan sus derechos, dado que la construcción Canal Interoceánico atraviesa sus territorios, sin haber sido consultados al respecto.

Según CALPI, las autoridades indígenas denunciaron la cooptación del presidente del Gobierno Territorial Rama y Kriol (GTR-K) por parte del Estado de Nicaragua, lo que condujo a la firma de un supuesto Convenio con la Autoridad del “Gran Canal”, otorgándole ilegalmente arrendamiento perpetuo sobre 263 Km2 de tierra en el territorio ancestral de estas comunidades.

Asimismo, las autoridades afrodescendientes señalaron que el Estado impulsó un “gobierno paralelo” y obstaculizó el proceso de titulación de su territorio tradicional, favoreciendo al “megaproyecto”.

La controversia ante la Corte IDH versa sobre el incumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado de Nicaragua a: la autodeterminación de estos pueblos al imponer gobiernos o autoridades paralelas a las legítimamente electas por estas comunidades; por la omisión de sanear el Territorio Rama y Kriol titulado desde el año 2009; por no tutelar su derecho a un medio ambiente sano en sus territorios, comprometiendo así también la protección y conservación de la Reserva de Biológica Indio-Maíz; y por criminalizar a las autoridades y dirigente indígenas y afrodescendientes por la defensa de sus tierras comunales tradicionales, esenciales para preservar su subsistencia como pueblos.

DEROGACIÓN DE LA LEY 840 Y REFORMA DE LA LEY 800

Ayer miércoles 8 de mayo, el dictador Daniel Ortega ordenó a sus diputados de facto en la Asamblea Nacional derogar la Ley 840 para retirar la concesión del proyecto al Hong Kong Nicaragua Canal Development Group (HKND), del inversionista chino Wang Jing.

El acuerdo con Wang Jing, firmado hace 11 años, le otorgaba la administración del canal por 50 años con una posibilidad de prórroga por el mismo período a cambio de un pago de diez millones de dólares cada año durante la primera década. Asimismo, le brindaba el derecho al 1% del patrimonio de los subproyectos, que se elevaría hasta el 99% al finalizar la concesión. Sin embargo, el proyecto nunca inició.

Además, Ortega les ordenó reformar la Ley 800 “Ley del Régimen Jurídico de El Gran Canal Interoceánico de Nicaragua y de la Creación de la Autoridad del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua” que pasa el proyecto a manos del Estado