Por Harold O.M. Rocha | 19 de agosto 2025
El ejercicio del Derecho ha sido desde tiempo inmemorial una profesión y no un mero oficio, considerado además como una de las profesiones liberales que requieren conocimientos especializados y amplia formación académica e intelectual. En la tradición jurídica anglosajona del Derecho consuetudinario, también se valora como una profesión noble, que conlleva enormes privilegios y enormes responsabilidades. Una de las últimas es la de prestar, en la medida de lo posible, servicios jurídicos a quien los necesite, incluso cuando el beneficiario no pueda sufragar los honorarios de su letrado.
La Carta Magna inglesa de 1215 ya proyecta ese deber, que también recoge el Estatuto de 1495 promulgado por el rey Eduardo VII, como condición necesaria para la igualdad ante la ley. En los Estados Unidos, estos valores se mantuvieron en la etapa colonial, cobrando mayor relevancia tras la fundación de la República. Tanto la Declaración de Independencia de 1776 como la Constitución suscrita en 1787, en vigor desde 1788, contienen principios que sustentan el deber de asistencia para, entre otros, garantizar el debido proceso. Al finalizar la Guerra Civil, entre 1865 y 1868, el Buró federal para los liberados y la reconstrucción contrató abogados a cargo del erario que representaran antiguos esclavos de los estados sureños en causas judiciales. Varias asociaciones civiles, sobre todo en los estados del Midwest como Illinois, Wisconsin, Michigan, etc., emularon el ejemplo, constituyendo las denominadas legal aid societies.
Ya en 1920, la American Bar Association (ABA), fundada en 1878, dedicó su reunión anual a este tema y tres años después creó la Asociación de organizaciones de asistencia jurídica. En la década de los 60, con el movimiento de los derechos civiles y la guerra contra la pobreza de la administración Johnson, surgió lo que después sería el Legal Services Program, cuya labor fue complementada por cantidad de organizaciones estatales, municipales y privadas dedicadas a proveer asistencia jurídica a los menos favorecidos. La sentencia de la Corte Suprema en Gideon vs. Wainwright de 1963 ya había esclarecido el derecho constitucional a representación en casos penales. Varias organizaciones sin fines de lucro se encargaron de proveerlo en causas civiles, hasta que en 1974 el Congreso aprobó el Legal Services Corporation Act.
En la década de los 80, la ABA propuso reglamento para exigir a sus miembros 40 horas anuales de servicio pro bono. Al año siguiente, Tulane Law School y otras facultades lo adoptaron como requisito académico, seguidas de varios colegios estatales de abogados, que son los facultados para otorgar licencias para el ejercicio profesional. La mayoría hoy requiere un mínimo de 50 horas cada año, que se certifican con horas de formación jurídica continua.
Es en este contexto que surgió en 2019 la idea de constituir una entidad que impulse y defienda los derechos de los nicaragüenses en Estados Unidos surgió. La meta es de promover y lograr mayor participación de nuestros compatriotas en espacios económicos, sociales y políticos de las comunidades donde viven y trabajan. Por circunstancias propias de la política contemporánea estadounidense, notablemente tras la cancelación en 2017 del TPS para varios países, entre ellos Nicaragua, y la creciente atención política a temas migratorios, había ya antecedentes puntuales de incidencia y, en menor medida, de seguimiento a las causas judiciales entonces en curso. En 2019, con el incremento sin precedentes de migrantes nicaragüenses cruzando la frontera sur o solicitando protección en puertos de entrada, emprendimos campaña para nueva designación de TPS, sumando esfuerzos con otras organizaciones y otras nacionalidades. En 2023 y 2024, emprendimos también campaña paralela exclusiva para Nicaragua, sin poder conseguirlo. Dábamos por hecho que las promesas electorales de mayor control migratorio se cumplirían por parte de cualquier partido que ganara las elecciones de noviembre pasado. La mayoría de los estadounidenses ha dado con su voto ese mandato democrático y soberano a los dirigentes.
Ha llegado el momento de un ligero pero importante cambio de rumbo. Un fondo de defensa jurídica y educación como NALDEF no presta servicios jurídicos directos, y menos en derecho migratorio, que ha abordado siempre desde las políticas públicas y las relaciones gubernamentales. Defiende e impulsa derechos colectivos, trabajando en temas concretos que mejoren la igualdad de condiciones de todos los nicaragüenses para prosperar en este gran país. Vela por derechos políticos, por la representación democrática eficaz, el acceso ciudadano a dirigentes y entidades gubernamentales, la colaboración con otros grupos y nacionalidades, y el desarrollo social, económico y humano, incluyendo formación y educación a todo nivel.
NALDEF ha entrado en una etapa de consolidación, consciente del enorme reto que supone ejercer liderazgo entre una comunidad migrante como la nicaragüense, bastante modesta en número comparada a otras, y además con características propias que complican la participación directa y el apoyo institucional: más de la mitad está en limbo migratorio, manteniendo responsabilidades y obligaciones familiares en ambos países, muchos carecen de empleos que permitan holgura económica, y, sobre todo, dan muestra de fatiga tras varios años de arduo activismo atendiendo otros asuntos.
Hasta este momento, NALDEF ha contado con el mecenazgo generoso de quien toma muy en serio las obligaciones pro bono de su profesión y la filosofía de servicio a los demás que aprendió de los jesuitas del Colegio Centroamérica en Nicaragua. Ha donado recursos y tiempo, y ha procurado apoyo ocasional de otras instituciones, conformando un grupo pequeño que ha laborado en todo momento de forma desinteresada. Alas, eso también tiene límites. Al centrarse NALDEF en los casos judiciales actualmente en litigio, los costos se incrementan enormemente. La capacidad inicial de actuación ha sido más circunscrita de lo deseado. Si bien la voluntad no falta, y el compromiso se mantiene, toca diseñar e implementar nueva estrategia que permitan lograr con éxito las metas trazadas pro bono público, por el bien colectivo, por el bien de todos.
* Harold O.M. Rocha | Abogado y académico del Derecho internacional, y presidente del Fondo Nicaragüense-Estadounidense de Defensa Jurídica y de Educación, NALDEF.
*Artículo publicado originalmente en La Prensa
