La dictadura en Nicaragua vigilará que los medios de comunicación social no sean “sometidos” а intereses extranjeros ni divulguen “noticias falsas” que atenten contra los derechos de los nicaragüenses, según una iniciativa de reforma a la Constitución Política.

La propuesta de reforma constitucional, enviada por el dictador Daniel Ortega, establece que una Ley ordinaria regulará esa materia.
El pasado 11 de septiembre, el Parlamento reformó la Ley Especial de Ciberdelitos, que castiga con cárcel la propagación de “noticias falsas y/o tergiversadas” que produzcan alarma, temor o zozobra en la población, y que ahora también es aplicable a los delitos cometidos dentro o fuera del territorio nacional por personas naturales o jurídicas.
Esa ley, que desató una polémica en Nicaragua, donde el gremio periodístico independiente, en su mayoría ahora en el exilio, considera que amenaza la libertad de prensa, “criminaliza” al periodismo de investigación y da luz verde para espiar comunicaciones privadas.
La ley amplió de 10 a 15 años de cárcel a los ciudadanos que se les imputen los ciberdelitos que vayan contra la “seguridad del Estado”.
La norma, compuesta por 48 artículos, contiene 25 definiciones; sin embargo, según han advertido sus críticos que la han bautizado como “Ley Mordaza” o “Ley Bozal”, no define dos conceptos claves para su aplicación: información falsa (fake news) e información tergiversada.
Es decir, es el sistema judicial, controlado por magistrados y jueces afines al sandinismo, los que tienen la discrecionalidad de decidir qué es o no una información falsa o si la información produce alarma, temor o zozobra, según ha alertado la asociación Periodistas y Comunicadores Independientes de Nicaragua (PCIN).
La Fundación por la Libertad de Expresión y Democracia (FLED), que forma parte de la red regional Voces del Sur, ha advertido que esa ley tendrá un impacto “devastador” para los periodistas que ejercen la profesión dentro o fuera del país, incluso para la ciudadanía en general.
En la propuesta de reforma constitucional, el régimen plantea que los nicaragüenses tendrán derecho a la información veraz, y que ese derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir ideas e información por cualquier medio, sin atentar contra los principios fundamentales contemplados en la Constitución.
En su artículo 67 dice: “El derecho de informar es responsabilidad social y se ejerce con estricto respeto а los principios fundamentales establecidos en la Constitución”.
*Con EFE
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