El presidente de Costa Rica, Rodrigo Chaves Robles solicitó formalmente al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) que aclare y amplíe la resolución que declaró con lugar un recurso de amparo electoral presentado en su contra por el politólogo Claudio Alpízar Otoya.
El documento fue tramitado este 1 de julio por la Casa Presidencial y dirigido directamente a los magistrados electorales.
La resolución del TSE, emitida el pasado 24 de junio, señala que el mandatario, en su calidad de jefe de Estado, habría incurrido en actos que podrían haber afectado la libre determinación del electorado al emitir discursos en actos oficiales con alto grado de exposición pública, en los que promovía indirectamente la continuidad de su proyecto político.
En ese sentido, el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica prohibió al presidente Rodrigo Chaves intervenir en la campaña de los comicios de febrero de 2026, al determinar que “aprovechó ilegítimamente” su cargo para “favorecer un programa político”.
El fallo fue interpretado por muchos sectores como una advertencia al uso de recursos y plataformas oficiales con fines electoralistas.
En su solicitud de adición y aclaración, Chaves rechaza las conclusiones del Tribunal y afirma que la resolución está plagada de “juicios de valor” sin sustento legal o probatorio.
“Las personas que se ven sometidas a procesos como el que nos ocupa, tenemos como mínimo el derecho a obtener una sentencia clara, concreta y fundamentada. La resolución del TSE, emite una gran cantidad de juicios de valor que carecen de un fundamento efectivo, y más bien parecen basarse en apreciaciones personales en vez de un criterio neutral y afianzado en el derecho”, señala el mandatario.
Entre los puntos que pide aclarar están:
- ¿Qué partido político fue beneficiado por sus declaraciones?
- ¿Qué recursos públicos fueron utilizados indebidamente?
- ¿Qué discursos o frases se interpretaron como una solicitud explícita de voto?
- ¿Qué norma vigente le prohíbe hablar de su gestión fuera del periodo de campaña?
- ¿Cómo se determina, técnica y jurídicamente, que un mensaje suyo afecta la equidad electoral?
Además, cuestiona que la sentencia se basara en estudios de opinión sin identificar cuáles, y en conceptos que considera imprecisos como “orador influyente” o “hilo conductor emotivo” en su discurso.
También critica que se diera validez jurídica a una resolución del TSE inicialmente carente de firmas, cuya legalidad fue subsanada por medio de una certificación del secretario del Tribunal.
Esta acción se da en paralelo a otro proceso que enfrenta el presidente Chaves. Ayer martes, 15 magistrados de la Corte Plena aceptaron la petición de la Fiscalía General y pidieron a los diputados levantar la inmunidad del mandatario para que enfrente una acusación por el delito de concusión.
