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Categoría Especial Temporal Complementaria no sustituye el refugio en Costa Rica

El Colectivo Nicaragua Nunca Más advirtió que la Categoría Especial Temporal Complementaria (CETC), creada por la Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica para determinadas personas nicaragüenses, venezolanas, cubanas y colombianas con solicitudes de refugio pendientes o denegadas, no equivale al reconocimiento como persona refugiada ni reemplaza la protección internacional.

La organización recordó que esta categoría migratoria permitirá regularizar la permanencia en Costa Rica, trabajar, acceder a documentación y afiliarse a la seguridad social, pero insistió en que cada caso debe evaluarse de manera individual, especialmente cuando existen antecedentes de persecución política, amenazas, desnacionalización o riesgos de represión transnacional.

El período para solicitar la CETC estará abierto del 1 de septiembre de 2026 al 1 de septiembre de 2027. Una vez concluido ese plazo, ya no será posible presentar nuevas solicitudes.

No ofrece la misma protección que el refugio

El abogado del Colectivo Nicaragua Nunca Más, Yader Valdivia, explicó a La Mesa Redonda que la CETC constituye una alternativa migratoria, pero no brinda las garantías jurídicas que ofrece el reconocimiento como persona refugiada.

Valdivia señaló que quienes han salido de Nicaragua por persecución política deben valorar cuidadosamente su situación antes de optar por esta categoría, ya que el refugio internacional reconoce la existencia de un riesgo de persecución y activa mecanismos de protección previstos en el derecho internacional.

Añadió que, para muchas personas exiliadas por motivos políticos, no es recomendable sustituir el proceso de refugio por la CETC, debido a que podrían perder una protección internacional diseñada precisamente para quienes no pueden regresar de forma segura a su país de origen.

Viajar a Nicaragua cambia el escenario

Otra diferencia importante es que las personas que obtengan la Categoría Especial Temporal Complementaria no tendrán restricciones para viajar a Nicaragua u otro país de origen, algo que difiere del análisis que suele realizarse en los procesos de refugio.

Asimismo, para realizar distintos trámites migratorios en Costa Rica deberán presentar documentos oficiales emitidos por su país, como el pasaporte vigente o partidas de nacimiento debidamente apostilladas.

El Colectivo advirtió que este requisito puede representar un riesgo para personas perseguidas políticamente, ya que en algunos casos obtener documentación implica realizar gestiones ante autoridades del país del que huyeron.

Llaman a buscar asesoría

El Colectivo Nicaragua Nunca Más recomendó a las personas nicaragüenses que actualmente mantienen solicitudes de refugio pendientes o que enfrentan persecución política buscar asesoría jurídica especializada antes de tomar una decisión.

La organización sostuvo que, aunque la CETC representa una oportunidad de regularización migratoria para muchas personas, no todas las situaciones son iguales, por lo que renunciar al proceso de refugio sin evaluar las consecuencias podría significar la pérdida de una protección internacional fundamental para quienes continúan enfrentando riesgos si regresan a Nicaragua.